La posición europea es distinta: la Comisión analiza si las aportaciones financieras de Gobiernos no pertenecientes a la UE pudieron dar a JD.com una ventaja capaz de distorsionar la competencia en el mercado interior europeo a través de la operación propuesta.
El Ministerio de Justicia chino, junto con el Ministerio de Comercio y otros departamentos, determinó que determinadas medidas transfronterizas de investigación de la UE en el expediente de JD.com constituían una «jurisdicción extraterritorial indebida». La orden entró en vigor en el momento de su publicación y prohibió a organizaciones y particulares chinos aplicar o ayudar a ejecutar esas medidas.
La protesta de Pekín no se centró únicamente en la investigación sobre JD.com. Su principal objeción fue el método de recopilación de pruebas. Las autoridades chinas afirmaron que la Comisión había pedido a entidades situadas en China información y registros extensos, innecesarios o no relacionados con el caso. También señalaron que las solicitudes afectaban a información conservada dentro del país y que incluían requerimientos dirigidos a instituciones financieras chinas.
China considera que esas exigencias vulneran la soberanía, el principio de no injerencia y los principios del Estado de derecho internacional aplicables a la obtención transfronteriza de pruebas. Se trata de la posición jurídica y política expresada por Pekín, no de una conclusión internacional vinculante sobre el derecho aplicable.
El Gobierno chino pidió a la UE que corrigiera con rapidez lo que calificó de prácticas erróneas y advirtió de que adoptaría las medidas necesarias para proteger los derechos e intereses legítimos de las empresas chinas. El efecto inmediato es un posible conflicto de obligaciones: las entidades chinas tienen instrucciones de no colaborar con las medidas designadas, mientras JD.com sigue sometida al procedimiento regulatorio europeo.
JD.com propone adquirir Ceconomy por unos 2.200 millones de euros, aproximadamente 2.500 millones de dólares. La compañía alemana es propietaria de las cadenas de electrónica MediaMarkt y Saturn. La Oficina Federal de Cárteles de Alemania autorizó la adquisición del control en septiembre de 2025, pero esa decisión se refería a los efectos competitivos de la operación conforme a la legislación alemana de concentraciones.
La revisión europea plantea una cuestión diferente. El Reglamento sobre subvenciones extranjeras —conocido por sus siglas en inglés, FSR— permite a la Comisión examinar si las aportaciones financieras de un Gobierno de fuera de la UE dieron a una empresa una ventaja que pudiera distorsionar el mercado interior. El reglamento se aplica desde julio de 2023.
JD.com notificó formalmente la operación a la Comisión el 17 de abril de 2026. El 28 de mayo, Bruselas abrió una investigación exhaustiva al expresar dudas sobre la posible recepción de subvenciones extranjeras por parte de la empresa, entre ellas financiación en condiciones preferentes, ventajas fiscales u otras ayudas que pudieran haber influido en su oferta.
El 22 de julio, la Comisión envió a JD.com un pliego de objeciones, un paso formal que expone preocupaciones preliminares y no constituye una decisión final de que la operación infrinja el derecho de la UE. Entre las dudas de Bruselas figura si un posible respaldo estatal chino permitió a JD.com pagar una prima elevada por Ceconomy y alteró la competencia en el mercado europeo.
El registro público de casos de la Comisión fija el 2 de octubre de 2026 como fecha provisional para la decisión. No obstante, ese plazo podría cambiar. JD.com ya ha presentado propuestas de medidas correctivas, pero el expediente público no detalla su contenido.
En términos generales, la Comisión podría autorizar la adquisición sin condiciones, aceptar compromisos vinculantes para eliminar la posible distorsión o bloquear la operación si concluye que existe una subvención distorsionadora y que no puede corregirse de forma adecuada. La disputa sobre el acceso a las pruebas puede complicar el análisis, retrasar el procedimiento y hacer más difícil negociar las medidas correctivas.
El caso también puede generar consecuencias procesales si la Comisión considera que las partes están obstaculizando la investigación o no entregan la información requerida. Sin embargo, hasta ahora no existe una decisión final sobre las subvenciones de JD.com ni sobre el bloqueo de la compra.
El expediente de JD.com no es un episodio aislado. En mayo de 2026, China aplicó un enfoque similar frente a la investigación de la Comisión sobre Nuctech, una empresa china de equipos de inspección de seguridad. Pekín afirmó entonces que las solicitudes de información dirigidas a entidades chinas eran excesivamente amplias e innecesarias y prohibió a organizaciones y particulares ayudar a ejecutar las medidas de investigación designadas.
Ambos casos ponen a prueba el límite entre dos competencias: la capacidad de la UE para investigar conductas que afectan a su mercado interior y la facultad de China para impedir que entidades situadas en su territorio cooperen con esas investigaciones.
China introdujo en abril de 2026 un nuevo marco para hacer frente a lo que considera jurisdicción extraterritorial indebida. Los expedientes de Nuctech y JD.com son aplicaciones destacadas de ese marco contra la recopilación de pruebas al amparo del FSR europeo.
La revisión de Ceconomy es, por tanto, tanto un caso empresarial como una prueba jurisdiccional. Para la UE, el desafío consiste en determinar si sus reglas sobre subvenciones extranjeras pueden aplicarse cuando la información financiera y los registros corporativos relevantes están en China. Para China, la cuestión es si esas solicitudes imponen indebidamente la autoridad regulatoria europea más allá de las fronteras del bloque.
Hasta que la Comisión adopte una decisión, habrá tres asuntos clave: si las medidas correctivas de JD.com responden a las preocupaciones europeas, si el conflicto sobre las pruebas retrasa el expediente y si Pekín y Bruselas encuentran una vía para resolver sus exigencias contrapuestas de cooperación.
Por ahora, el punto central no es una conclusión definitiva sobre las ayudas recibidas por JD.com, sino si ambas partes podrán completar la investigación mientras cada una aplica sus propias normas.
La posición europea es distinta: la Comisión analiza si las aportaciones financieras de Gobiernos no pertenecientes a la UE pudieron dar a JD.com una ventaja capaz de distorsionar la competencia en el mercado interior europeo a través de la operación propuesta.
El Ministerio de Justicia chino, junto con el Ministerio de Comercio y otros departamentos, determinó que determinadas medidas transfronterizas de investigación de la UE en el expediente de JD.com constituían una «jurisdicción extraterritorial indebida». La orden entró en vigor en el momento de su publicación y prohibió a organizaciones y particulares chinos aplicar o ayudar a ejecutar esas medidas.
La protesta de Pekín no se centró únicamente en la investigación sobre JD.com. Su principal objeción fue el método de recopilación de pruebas. Las autoridades chinas afirmaron que la Comisión había pedido a entidades situadas en China información y registros extensos, innecesarios o no relacionados con el caso. También señalaron que las solicitudes afectaban a información conservada dentro del país y que incluían requerimientos dirigidos a instituciones financieras chinas.
China considera que esas exigencias vulneran la soberanía, el principio de no injerencia y los principios del Estado de derecho internacional aplicables a la obtención transfronteriza de pruebas. Se trata de la posición jurídica y política expresada por Pekín, no de una conclusión internacional vinculante sobre el derecho aplicable.
El Gobierno chino pidió a la UE que corrigiera con rapidez lo que calificó de prácticas erróneas y advirtió de que adoptaría las medidas necesarias para proteger los derechos e intereses legítimos de las empresas chinas. El efecto inmediato es un posible conflicto de obligaciones: las entidades chinas tienen instrucciones de no colaborar con las medidas designadas, mientras JD.com sigue sometida al procedimiento regulatorio europeo.
JD.com propone adquirir Ceconomy por unos 2.200 millones de euros, aproximadamente 2.500 millones de dólares. La compañía alemana es propietaria de las cadenas de electrónica MediaMarkt y Saturn. La Oficina Federal de Cárteles de Alemania autorizó la adquisición del control en septiembre de 2025, pero esa decisión se refería a los efectos competitivos de la operación conforme a la legislación alemana de concentraciones.
La revisión europea plantea una cuestión diferente. El Reglamento sobre subvenciones extranjeras —conocido por sus siglas en inglés, FSR— permite a la Comisión examinar si las aportaciones financieras de un Gobierno de fuera de la UE dieron a una empresa una ventaja que pudiera distorsionar el mercado interior. El reglamento se aplica desde julio de 2023.
JD.com notificó formalmente la operación a la Comisión el 17 de abril de 2026. El 28 de mayo, Bruselas abrió una investigación exhaustiva al expresar dudas sobre la posible recepción de subvenciones extranjeras por parte de la empresa, entre ellas financiación en condiciones preferentes, ventajas fiscales u otras ayudas que pudieran haber influido en su oferta.
El 22 de julio, la Comisión envió a JD.com un pliego de objeciones, un paso formal que expone preocupaciones preliminares y no constituye una decisión final de que la operación infrinja el derecho de la UE. Entre las dudas de Bruselas figura si un posible respaldo estatal chino permitió a JD.com pagar una prima elevada por Ceconomy y alteró la competencia en el mercado europeo.
El registro público de casos de la Comisión fija el 2 de octubre de 2026 como fecha provisional para la decisión. No obstante, ese plazo podría cambiar. JD.com ya ha presentado propuestas de medidas correctivas, pero el expediente público no detalla su contenido.
En términos generales, la Comisión podría autorizar la adquisición sin condiciones, aceptar compromisos vinculantes para eliminar la posible distorsión o bloquear la operación si concluye que existe una subvención distorsionadora y que no puede corregirse de forma adecuada. La disputa sobre el acceso a las pruebas puede complicar el análisis, retrasar el procedimiento y hacer más difícil negociar las medidas correctivas.
El caso también puede generar consecuencias procesales si la Comisión considera que las partes están obstaculizando la investigación o no entregan la información requerida. Sin embargo, hasta ahora no existe una decisión final sobre las subvenciones de JD.com ni sobre el bloqueo de la compra.
El expediente de JD.com no es un episodio aislado. En mayo de 2026, China aplicó un enfoque similar frente a la investigación de la Comisión sobre Nuctech, una empresa china de equipos de inspección de seguridad. Pekín afirmó entonces que las solicitudes de información dirigidas a entidades chinas eran excesivamente amplias e innecesarias y prohibió a organizaciones y particulares ayudar a ejecutar las medidas de investigación designadas.
Ambos casos ponen a prueba el límite entre dos competencias: la capacidad de la UE para investigar conductas que afectan a su mercado interior y la facultad de China para impedir que entidades situadas en su territorio cooperen con esas investigaciones.
China introdujo en abril de 2026 un nuevo marco para hacer frente a lo que considera jurisdicción extraterritorial indebida. Los expedientes de Nuctech y JD.com son aplicaciones destacadas de ese marco contra la recopilación de pruebas al amparo del FSR europeo.
La revisión de Ceconomy es, por tanto, tanto un caso empresarial como una prueba jurisdiccional. Para la UE, el desafío consiste en determinar si sus reglas sobre subvenciones extranjeras pueden aplicarse cuando la información financiera y los registros corporativos relevantes están en China. Para China, la cuestión es si esas solicitudes imponen indebidamente la autoridad regulatoria europea más allá de las fronteras del bloque.
Hasta que la Comisión adopte una decisión, habrá tres asuntos clave: si las medidas correctivas de JD.com responden a las preocupaciones europeas, si el conflicto sobre las pruebas retrasa el expediente y si Pekín y Bruselas encuentran una vía para resolver sus exigencias contrapuestas de cooperación.
Por ahora, el punto central no es una conclusión definitiva sobre las ayudas recibidas por JD.com, sino si ambas partes podrán completar la investigación mientras cada una aplica sus propias normas.