Los tribunales de Inglaterra y Gales han adoptado una posición más estricta. His Majesty’s Courts & Tribunals Service, el organismo responsable de los edificios judiciales, ha indicado que las gafas inteligentes de Meta no pueden entrar en sus instalaciones. Si alguien intenta acceder con ellas, pueden ser confiscadas y devueltas al salir.
Restaurantes, pubs y teatros también han establecido restricciones propias. Para el personal, el problema es práctico: no siempre puede distinguir si un cliente lleva unas gafas corrientes o si está grabando a quienes lo rodean.
El caso británico muestra por qué las reglas tradicionales sobre cámaras pueden quedarse cortas. Un local puede prohibir filmar, pero también puede concluir que comprobar si alguien está grabando resulta demasiado difícil y restringir directamente el dispositivo.
El 18 de agosto de 2026, el Servicio de Inmigración y Control de Aduanas de Estados Unidos (ICE, por sus siglas en inglés) prohibió presuntamente a sus empleados llevar gafas de Meta o dispositivos similares en los espacios de trabajo federales. La agencia las trató como cámaras corporales personales y advirtió que podrían captar, grabar o transmitir información sensible de manera involuntaria, comprometiendo la privacidad y las garantías legales.
La directiva llegó después de varios reportes sobre agentes de ICE y de la Oficina de Aduanas y Protección Fronteriza (CBP) que habían sido vistos utilizando gafas Ray-Ban Meta durante operaciones migratorias en varios estados.
Al mismo tiempo, el presupuesto propuesto por el Departamento de Seguridad Nacional (DHS) para el año fiscal 2027 contempla 7,5 millones de dólares para desarrollar prototipos operativos de gafas inteligentes con capacidades de identificación biométrica en tiempo real para agentes de ICE. El proyecto sigue en fase de desarrollo y propuesta presupuestaria; las fuentes no indican que el sistema ya esté desplegado.
La diferencia que plantea el Gobierno estadounidense es entre un dispositivo de consumo, personal y sin una cadena oficial de custodia, y un equipo entregado y controlado por una agencia. Pero esa distinción no resuelve todas las dudas sobre libertades civiles: unas gafas gubernamentales con reconocimiento facial también plantearían interrogantes sobre precisión, supervisión, conservación de datos y derechos de las personas identificadas.
En Alemania, la organización de derechos digitales HateAid presentó el 12 de agosto una denuncia penal contra Meta, entidades vinculadas a Ray-Ban y Oakley y varios comercios que venden las gafas. La organización sostiene que unas gafas indistinguibles de unas convencionales, pero capaces de grabar sin que los demás lo sepan, podrían entrar en conflicto con las normas alemanas contra la comercialización de dispositivos camuflados para registrar personas de forma encubierta.
HateAid ha pedido que se prohíba la venta del modelo Wayfarer Gen 2 y que se establezcan requisitos obligatorios de «seguridad desde el diseño» para impedir que las personas sean grabadas sin su conocimiento.
Una denuncia penal es una acusación y una solicitud de investigación: no equivale a una condena, a una resolución judicial definitiva ni a una prohibición de venta ya vigente. La relevancia del caso alemán es que cuestiona la comercialización y el diseño del producto, no solo la conducta de cada usuario.
Meta rechaza esa interpretación. La empresa afirma que las gafas fueron aprobadas por el regulador alemán en 2022 y que incorporan medidas de protección de la privacidad. La disputa deja planteada la cuestión jurídica de fondo: si un indicador visible de grabación y otras salvaguardas bastan cuando la cámara está integrada en un objeto que parece una gafa normal.
La controversia se amplió tras informaciones sobre código relacionado con el reconocimiento facial en la aplicación de las gafas de Meta y después de que saliera a la luz una patente que describe cámaras inteligentes capaces de identificar personas o interpretar escenas. Una patente demuestra que una empresa ha contemplado un diseño; no demuestra que esa función esté activa en los productos de consumo actuales.
La Electronic Frontier Foundation (EFF) afirmó que confirmó la presencia del código mediante un análisis estático y posteriormente informó de que Meta retiró el código de reconocimiento facial no activado en una actualización posterior de la aplicación, después del escrutinio público.
Para sus críticos, incluso una función inactiva o eliminada es relevante porque cambia el posible uso de la cámara. Grabar crea un archivo visual; identificar automáticamente puede vincular ese archivo con nombres, perfiles u otros datos personales. Por eso las organizaciones de derechos digitales consideran que el debate no se limita a la fotografía encubierta: también trata sobre vigilancia y sobre la posibilidad de conservar un anonimato práctico en la vida cotidiana.
El debate coincide con una rápida expansión del negocio de las gafas inteligentes de Meta. EssilorLuxottica comunicó que vendió más de 7 millones de gafas con IA en 2025, frente a unos 2 millones vendidos en conjunto durante 2023 y 2024.
Cuando hay millones de dispositivos en circulación, incluso una proporción pequeña de usos abusivos o descuidados puede afectar a muchas personas. Además, cuanto más comunes son estas gafas, más difícil resulta tratarlas como una excepción poco frecuente. La pregunta pasa a ser si el público debe asumir que unas gafas de apariencia corriente podrían estar grabando en un cine, un restaurante, un lugar de trabajo o la calle.
El diseño también importa. Cuando una tecnología hace más fácil una práctica potencialmente dañina pero atractiva —como registrar, identificar y compartir imágenes de terceros— reduce la fricción y la responsabilidad percibida. El riesgo no depende de que todos los usuarios actúen de mala fe, sino de que cada vez haya menos obstáculos para hacerlo.
Las respuestas de Reino Unido, Estados Unidos y Alemania son distintas, pero apuntan al mismo dilema. Instituciones y ciudadanos quieren conservar espacios donde la grabación esté limitada, la información confidencial permanezca protegida y las personas puedan desenvolverse sin ser identificadas individualmente.
Las gafas inteligentes complican esas expectativas porque la cámara es portátil, discreta y socialmente ambigua. De ahí que las medidas inmediatas sean prácticas, más que integrales: pedir que se dejen en la entrada, tratarlas como dispositivos de grabación en el trabajo o impugnar su venta con leyes dirigidas a equipos de registro encubierto.
La eficacia de esas respuestas dependerá de que las salvaguardas hagan que la grabación sea realmente visible, limiten la identificación posterior y ofrezcan una protección efectiva a quienes aparecen en las imágenes. La responsabilidad individual del usuario, por sí sola, puede no ser suficiente.